1. ¿Cómo
se clasifican los derechos del Aprendiz SENA?
R/
El
derecho es la facultad que tiene el Aprendiz de hacer lo establecido en las
normas
vigentes del SENA, sin exclusión por razones de género, raza, origen familiar o
nacionalidad, lengua, religión, opinión política o filosófica. Son derechos del
aprendiz SENA durante el proceso de formación
A. De carácter Académico:
a.1.
Recibir en el momento de su matrícula, el carné estudiantil que lo acredite
como
Aprendiz del SENA.
a.2.
Recibir inducción al momento de ingresar al SENA, donde estén incluidos
contenidos de gestión tecnológica, conocimiento del entorno, aporte a la
productividad y competitividad, formulación de proyectos, la construcción de su
ruta de aprendizaje, y los deberes y derechos que asume como Aprendiz SENA.
a.3.
Acceso a diversas fuentes de conocimiento durante el proceso de formación: las
tecnologías de información y comunicaciones, el entorno real o simulado en los ambientes
de aprendizaje, el trabajo colaborativo con otros aprendices del SENA y los
instructores.
a.4.
Recibir formación profesional, acorde con el programa en el cual se matriculó,
y al crecimiento y desarrollo armónico de sus dimensiones humanas.
a.5.
Hacer uso apropiado de los ambientes de aprendizaje (infraestructura, equipos,
herramientas, recursos didácticos, técnicos, tecnológicos, bibliográficos)
disponibles para el aprendizaje, asumiendo responsabilidad por
su daño,
deterioro anormal o utilización indebida.
a.6.
Disfrutar de los programas institucionales de bienestar al Aprendiz, durante el
proceso de aprendizaje, conforme a la normatividad que rija este tema en el
SENA
a.7.
Recibir orientación académica y comportamental que estimule el desarrollo
personal y promueva la convivencia social.
a.8. Ser
investigado y sancionado con observancia de las normas del debido proceso
establecidas en este reglamento.
a.9.
Participar en el mejoramiento continuo de los Instructores a través de los
procesos de evaluación.
a.10.
Recibir la certificación que le corresponda, una vez adquiera las competencias
establecidas en el programa de formación.
a.11. Ser
evaluado oportunamente en su proceso de formación con base en los criterios de
evaluación y la ruta de aprendizaje.
a.12. En
caso de que el Aprendiz esté en desacuerdo con la evaluación de su formación
emitida por el Instructor o tutor, podrá ejercer el derecho a revisión,
siguiendo el procedimiento establecido en este Reglamento.
a.13.
Recibir estímulos, distinciones e incentivos por su espíritu investigativo,
habilidades académicas y deportivas, actuaciones culturales y sociales y de
servicio a la comunidad.
B. De carácter Comportamental:
b.1.
Recibir trato digno y respetuoso por todos los integrantes de la Comunidad
Educativa.
b.2 Ser
escuchado y atendido en sus peticiones, siguiendo el debido proceso.
b.3.
Expresar con libertad ideas y pensamientos, respetando el derecho a la
educación, al trabajo, a la libertad de expresión y a la locomoción de los
demás integrantes de la comunidad educativa, sin recurrir a la violencia,
causar daños o perturbar el orden de las sedes del SENA, de los procesos de
formación y del
lugar en
el que se adelante el aprendizaje.
b.4. Usar
la indumentaria y los elementos de protección personal propios del programa de
formación profesional, para protegerse de los riesgos.
:
2.
¿Cómo se clasifican los deberes del Aprendiz SENA?
R/
Se
entiende por deber, la obligación legal, social y moral que compromete a la
persona a
cumplir con determinada actuación, asumiendo con responsabilidad todos sus
actos, para propiciar la armonía, el respeto, la integración, el bienestar
común y la seguridad de las personas y de los bienes de la institución. Son
deberes del aprendiz SENA durante el proceso de
ejecución
de la formación, los siguientes:
A. De carácter Académico:
a.1.
Cumplir con todas las actividades propias de su proceso de aprendizaje o del
plan de mejoramiento, definidas durante su proceso de aprendizaje.
a.2. Participar
activamente en las actividades complementarias o de profundización,
relacionadas con el programa de formación, con el fin de gestionar su proceso
de formación.
a.3. Dar
a conocer oportunamente al instructor las solicitudes o novedades que se le
presenten durante el proceso de aprendizaje, utilizando medios virtuales y/o
físicos.
a.4.
Informar sobre la consecución de contrato de aprendizaje o cualquiera de las
alternativas para la etapa práctica, inmediatamente esto ocurra, a los
responsables de apoyar este proceso en el Centro de Formación.
a.5.
Participar en la elaboración y ejecución del Plan de Gestión Ambiental del
Centro de Formación, colaborando y fomentando la necesidad de clasificar y
reciclar los desechos, conservar el medio ambiente y el equilibrio de la
naturaleza, y no poner en peligro la supervivencia de especies vegetales o
animales.
a.6.
Acatar las decisiones adoptadas en forma grupal relacionadas con su proceso de
formación.
a.7.
Asumir con responsabilidad y participar en las actividades programadas como
salidas, pasantías técnicas, intercambios de aprendices a nivel nacional e
internacional, así como en las demás de carácter pedagógico.
a.8.
Hacer uso apropiado de las herramientas tecnológicas que la Entidad pone a
disposición, para adelantar el proceso de aprendizaje.
a.9. Ser
responsable de gestionar los recursos de información a través de las diferentes
fuentes de conocimiento, que garantice el logro de los resultados de
aprendizaje establecidos en el programa de formación.
a.10.
Asistir a las reuniones que programe el Centro de Formación para seguimiento a
las actividades desarrolladas durante el período de práctica. La no asistencia
a estas reuniones debe justificarse mediante excusa comprobable.
a.11.
Respetar los derechos de autor en los materiales, trabajos, proyectos y demás
documentos generados por los grupos de trabajo o compañeros, y que hayan sido
compartidos al interior de la Plataforma. Sin embargo, con la autorización de
los creadores se puede hacer uso de cualquier material publicado, dando el
crédito a quien generó la idea, a la fuente que se consultó o al recurso en el
que se basó la información
B De carácter Disciplinario:
b.1
Conocer y asumir las políticas y directrices institucionales establecidas, así
como el Reglamento del Aprendiz SENA, y convivir en comunidad de acuerdo con
ellos.
b.2.
Portar permanentemente y en lugar visible el carné que lo identifica como
Aprendiz SENA, durante su proceso de formación, renovarlo de acuerdo con las
disposiciones vigentes y devolverlo al finalizar el programa o cuando se
presente retiro, aplazamiento o cancelación de la matrícula.
b.3.
Utilizar la indumentaria y los elementos de protección personal dispuestos en
los ambientes de aprendizaje, observando las condiciones de prevención
señaladas por el Instructor o Tutor y organizarlos para ser utilizados
exclusivamente en el ambiente de aprendizaje requerido.
b.4.
Conservar y mantener en buen estado, orden y aseo, las instalaciones físicas,
el material didáctico, equipos y herramientas de la entidad o que estén a cargo
de ésta, respondiendo por los daños ocasionados a éstos intencionalmente o por
descuido, debidamente comprobados.
b.5. Actuar
siempre teniendo como base los principios y valores para la convivencia; obrar
con honestidad, respeto, responsabilidad, lealtad, justicia, compañerismo y
solidaridad con la totalidad de los integrantes de la comunidad educativa y
expresarse con respeto, cultura y educación, en forma directa o a través de
medios impresos o electrónicos (como foros de discusión, Chat, correo
electrónico, blogs, etc.).
b.6.
Hacer uso apropiado de los espacios de comunicación y respetar a los
integrantes de la comunidad educativa, siendo solidario, tolerante y veraz en
la información que se publique en medios impresos o digitales; abstenerse de
enviar material multimedia que contenga imágenes, videos o grabaciones que no
sean objeto de las actividades de aprendizaje.
b.7.
Informar al instructor, coordinador, directivo o personal de apoyo, cualquier
irregularidad que comprometa el buen nombre y normal marcha del Centro de
Formación de la entidad y de la comunidad educativa, o que considere sospechosa
dentro de la Institución y en los ambientes de aprendizaje, permitiendo una
actuación oportuna, preventiva o correctiva.
b.8.
Respetar la dignidad, intimidad e integridad de los miembros de la comunidad
educativa SENA.
b.9.
Respetar los bienes y elementos de propiedad de los integrantes de la comunidad
educativa y del SENA.
b.10.
Abstenerse de realizar o apoyar actos que limiten o afecten el derecho a la
educación o la locomoción de la comunidad educativa del SENA, como impedir el
acceso a funcionarios y aprendices a los centros de formación y demás
instalaciones del SENA.
b.11.
Presentar siempre las mejores condiciones de aseo y pulcritud personal.
b.12.
Enaltecer y respetar los símbolos patrios e institucionales.
b.13. No
usar expresiones grotescas en foros de discusión, mensajes, anuncios, tanto
generales como en grupos de trabajo
b.14. En
caso de pérdida de carnet el aprendiz debe formular la denuncia
correspondiente, tramitar el duplicado y cancelar el valor respectivo en
tesorería con base en la normatividad dada por Dirección General.
b.15.
Denunciar tratos, propuestas, o actos inmorales de parte de cualquier
funcionario y de cualquier miembro de la comunidad educativa.
b.16.
Suscribir oportunamente el Acta de compromiso como Aprendiz SENA y/o como
Aprendiz usuario de Tecnoparque o Tecnoacademia, elaborada por la Dirección
General de la entidad.
3.
¿Qué se requiere para solicitar un traslado a otro
programa de formación?
R/
ARTICULO 16. El Aprendiz podrá solicitar
cualquiera de los siguientes trámites que se describen a continuación:
1. TRASLADO. Es la solicitud escrita
presentada por el Aprendiz, para el cambio de jornada o de Centro de Formación,
en el mismo programa en el que está matriculado, o en otro programa afín
tecnológicamente, en el que se haya aplicado la misma prueba de selección en el
proceso de ingreso. Todo traslado está su peditado siempre ala disponibilidad
de cupo que exista en el programa al cual se va a trasladar. Para solicitar el
traslado, el aprendiz debe haber finalizado al menos su primer trimestre del
proceso de formación y estar a paz y salvo con el SENA por todo concepto. Cuando el Aprendiz se encuentre sancionado con condicionamiento de
matrícula, no se podrá trasladar, ni aplazar el proceso de formación.
4.
¿Qué es considerado como Deserción, según el Reglamento
del Aprendiz?
R/
Deserción. Se considera deserción:
a. Cuando
el aprendiz injustificadamente no se presenta a las actividades de su programa
de formación, durante un mes continuo.
b. Cuando
al terminar el periodo de aplazamiento aprobado por el SENA, el Aprendiz no
reingresa al programa de formación.
C Cuando
transcurridos dos (2) años contados a partir de la fecha de terminación de la
etapa lectiva del programa, el Aprendiz no ha presentado la evidencia de la
realización de la etapa práctica.
Evidenciada
una de éstas situaciones, el(los) Instructor(es) o la persona responsable del
seguimiento respectivo, reportará(n) el hecho al Coordinador Académico, quien
deberá enviar una comunicación al Aprendiz a la última dirección registrada en
el sistema de información, solicitándole justificar su incumplimiento dentro de
los cinco (5) días hábiles siguientes al envío.
Si el
Aprendiz no responde, o no son justificadas las razones que exponga, el
Subdirector de Centro de Formación expedirá el acto académico declarando la
deserción por parte del aprendiz y ordenando la cancelación de su matrícula.
Contra
esta decisión procede el recurso de reposición ante el Subdirector de Centro.
5.
¿Qué motivos debe comprobar el aprendiz, para solicitar
un aplazamiento de la formación?
R/
APLAZAMIENTO.
Es la
solicitud que el Aprendiz puede realizar por escrito para retirarse temporalmente
del programa de formación en el que se encuentra matriculado, por un tiempo
máximo de seis (6) meses calendario continuos o discontinuos, por alguno de los
siguiente motivos debidamente comprobados: enfermedad, maternidad, servicio
militar, problemas de seguridad o calamidad doméstica.
En el
caso del servicio militar y las incapacidades por enfermedad o maternidad, el
aplazamiento se dará por el tiempo que la instancia competente determine,
previa presentación del soporte por parte del Aprendiz.
6.
¿Cuáles son los criterios para calificar una falta del
Aprendiz?
R/
Faltas que afectan el proceso de formación y la
convivencia. Se
consideran faltas las acciones u omisiones que afectan el proceso de formación
y la convivencia, y que son los comportamientos, las prácticas, las omisiones,
o actitudes que alteran el normal desarrollo de la formación, la convivencia en
la comunidad educativa, o el desempeño académico del Aprendiz o de sus
compañeros, y que al presentarse originan la necesidad de una medida
sancionatoria y/o formativa.
Criterios para calificar la falta:
Para hacer la calificación provisional y la
calificación definitiva de la(s) falta(s) en uno de los tres grados señalados
anteriormente, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
1.
Daño(s) causado(s) y sus efectos
2. Grado
de participación del Aprendiz
3.
Antecedentes del Aprendiz
4.
Rendimiento del aprendiz en su proceso de formación
5.
Confesión de la(s) falta(s)
6. Haber
procurado, por iniciativa propia, resarcirel daño causado o compensar el
perjuicio causado
7. Haber
devuelto, restituido o reparado, el bien afectado con la conducta
8. Los
parámetros de calificación señalados en este reglamento
7.
Ofrezca ejemplos de Sanción, según el Reglamento del
Aprendiz.
R/
A. LLAMADO DE ATENCIÓN ESCRITO: Medida sancionatoria que
se impone por el servidor público competente como resultado del procedimiento
establecido en este Reglamento, por la falta académica o disciplinaria cometida
por un aprendiz.
Se impone
a través de comunicación escrita dirigida por el Subdirector del Centro al
Aprendiz, con copia a su hoja de vida. Constituye antecedente sancionatorio e
implica la concertación de un plan de mejoramiento que debe firmar y cumplir el
Aprendiz.
B. CONDICIONAMIENTO DE LA MATRÍCULA: Acto académico
sancionatorio que se impone al Aprendiz que incurra en una falta académica o
disciplinaria, previo agotamiento del procedimiento establecido en este
Reglamento.
El
condicionamiento de matrícula cesa cuando el Aprendiz cumple el plan de
mejoramiento concertado, en un periodo máximo de tres (3) meses. Una vez quede
en firme el condicionamiento de la matrícula, el Subdirector del Centro debe
generar la pérdida de estímulos e incentivos que esté recibiendo el aprendiz,
si los tuviere. Esta decisión será determinada en el acto académico que ordene
el condicionamiento de matrícula. El condicionamiento de matrícula podrá
imponerse como sanción, en los siguientes casos:
•Cuando
la gravedad de la(s) falta(s) lo amerite con base en los criterios de
calificación señalados en los numerales 1 a 7 del artículo 21 de este
reglamento.
•Por
incumplimiento del plan de mejoramiento acordado como consecuencia de un (1)
llamado de atención escrito.
•Cuando
los antecedentes del aprendiz a sancionar evidencien dos (2) llamados de
atención escritos durante su proceso de formación.
•Cuando
el aprendiz ha tenido incumplimiento injustificados en la entrega de las
evidencias
de aprendizaje o valoración deficiente de los resultados de aprendizaje, que
sobrepasen el treinta por ciento (30%) del total del programa de formación.
•Por terminar
unilateralmente el contrato de aprendizaje sin autorización previa del SENA.
C. CANCELACIÓN DE LA MATRICULA. Esta sanción será impuesta
por el Subdirector del respectivo Centro de Formación, una vez agotado el
procedimiento establecido en este Reglamento, cuando se presente una de las
siguientes causas:
•Cuando
la gravedad de la(s) falta(s) lo amerite, con base en los criterios de
calificación señalados en los numerales 1 a 7 del artículo 21 de este
reglamento.
•Por
incumplimiento del plan de mejoramiento acordado, como consecuencia de un
condicionamiento de matrícula.
•Cuando
los antecedentes del aprendiz a sancionar evidencien que ya tuvo un
condicionamiento de matrícula durante su proceso deformación
•Cuando
el aprendiz ha tenido faltas injustificadas en la entrega de las evidencias de
aprendizaje o valoración deficiente de los resultados de aprendizaje, que
sobrepasen el cincuenta por ciento (50%) del total del programa de formación.
•Realizar
o apoyar actos que limiten o afecten el derecho a la educación o la locomoción
de la
comunidad educativa del SENA.
•Hurtar,
estafar o abusar de la confianza de cualquier integrante de la comunidad
educativa, o amenazarlo, sobornarlo, coaccionarlo o
agredirlo
verbal o físicamente, o ser cómplice o coparticipe de delitos contra ellos o
contra la institución.
•Destruir,
sustraer o dañar instalaciones físicas, equipos, materiales, software,
elementos y dotación en general del SENA o de instituciones, empresas u otras
entidades donde se desarrollen actividades de aprendizaje, culturales, recreativas,
deportivas y sociales o intercambios estudiantiles nacionales o internacionales.
La cancelación de la matrícula implica la pérdida del carácter de Aprendiz
SENA, y la persona sancionada no podrá participar en procesos de ingreso a la
institución por un período que puede variar entre seis (6) y
veinticuatro (24) meses, de acuerdo con lo consignado en el acto académico
suscrito por parte del Subdirector del Centro. Una vez en firme la sanción, el
Aprendiz debe entregar de manera inmediata el carné institucional.
8.
Explique cuáles son las instancias en el conducto
regular.
R/
CONDUCTO REGULAR: Se entiende como
Conducto Regular a las diferentes instancias de que disponen los estudiantes
para buscarle alternativas de solución a
los problemas y/o dificultades académicas y disciplinarias que se les presenten
durante el transcurso de sus procesos formativos en el Colegio. Tales
instancias son:
PARA CASOS ACADÉMICOS:
-
Profesor de la materia.
-
Director de grupo.
-
Coordinador.
-
Consejo académico.
- Rector.
-
Consejo Directivo.
PARA CASOS
DISCIPLINARIOS:
-
Profesor que observa la falta.
-
Director de grupo.
- Coordinador.
-
Rector.
-
Consejo Directivo.
9.
Investigue y explique las fases del debido Proceso para
el SENA.
R/
1. Llamado de atención verbal desatendido
2. Llamado de atención escrito desatendido
3. Plan de mejoramiento incumplido
4. Comité de Evaluación y Seguimiento
5. Toma de decisiones del Comité
6. Establecimiento del compromiso del aprendiz y/o
acción Administrativa (Llamado de atención con copia a la hoja de vida,
condicionamiento)
7. Si incumple el compromiso, siguiente paso (Condicionamiento,
Cancelación)
10.
¿Cuáles son los procedimientos a seguir cuando la falta
que comete un aprendiz es grave?
R/
¿Si son faltas graves?
•El Reglamento del Aprendiz brinda 7 aspectos para
calificar una falta.
•Si la falta es grave, pueden hacerse los dos
primeros llamados de atención simultáneamente y solicitar la realización del
Comité.
•En ningún caso se puede omitir alguna fase del
debido proceso
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